El viernes 14 de noviembre del presente 2014, fue impartido el taller: “Inducción a la Perspectiva de Género en el Poder Judicial”, organizado por la Sub-comisión para la Igualdad de Género del Departamento Judicial de La Vega, integrada por los/las Magistrados/as: Arelis S. Ricourt Gómez, Jueza Presidenta de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación, La Vega; Bernabel Moricete Fabián, Juez Presidente Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes, La Vega; Mildred Inmaculada Hernández Grullón, Jueza de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo; Odri Altagracia Reyes Núñez, Jueza del Juzgado de Trabajo de la Vega; Adolfo Yarid Ureña Sanchez, Juez de la Cámara Penal de la Corte Apelación, La Vega.
El Mag. Bernabel Moricete Fabián, explicó conceptos importantes para toda persona empleada del poder judicial como es la transversalidad de género o ‘mainstreaming’, equidad, igualdad real y efectiva.
“El concepto ‘Mainstraiming’ o Transversalidad de Género surge en 1985 en el seno de la III Conferencia Mundial para el Examen y Evaluación de los logros de las Naciones Unidas para la Mujer, convocada bajo el lema “Igualdad, Desarrollo y Paz”, celebrada en Nairobi. Las políticas públicas, entendidas como acciones permanentes y transformadoras de los poderes públicos en los sistemas democráticos para el beneficio de su ciudadanía, no pueden concebirse sin la transversalidad de género o, lo que es lo mismo, sin tener en cuenta que las sociedades están formadas por hombres y mujeres a los que diferencia su sexo y que, hasta el momento histórico actual, los posiciona en una relación jerárquica que subordina a estas últimas, cualquiera que sea el área social en que se muevan o el colectivo al que pertenezcan.
En cualquier Estado, ningún sector de su población condicionado por cualquier otro factor susceptible de crear desigualdad, como la raza, la clase social, el nacimiento, las creencias religiosas, la discapacidad, etc., es ajeno a la división de sus integrantes en mujeres y hombres, por tanto, ni individual ni colectivamente podemos prescindir de nuestro sexo y de las consecuencias que en nuestras condiciones materiales, para nuestro desarrollo humano, esto significa, o lo que es lo mismo, de nuestro género.
Equidad:
• No excluir a ningún ser humano por razón de su sexo a los derechos de ciudadanía.
• Reconocer los derechos de las mujeres como derechos humanos.
• Sostenibilidad social, que no es más que la necesidad de contar con todas las personas que integran la sociedad.
Igualdad real y efectiva:
Es pasar de la igualdad ‘de jure’ (de derecho) a la igualdad ‘de facto’ (de hecho); es decir, tenemos una normativa igualitaria; sin embargo, en su aplicación, muchas veces se convierte en elemento de discriminación, cuando los resultados de la misma repercuten negativamente en algunas personas, en este caso, las mujeres.
Asistieron a este taller empleados y empleadas de diferentes áreas de los Tribunales del Departamento Judicial de La Vega, el cual tuvo lugar en el salón de Audiencias de la Corte Penal de ese Departamento Judicial, discurrió en un ambiente ameno, divertido, pero profundo y reflexivo en donde fueron tratados todos los temas sugeridos por la Comisión para la Igualdad de Género del Poder Judicial, con una participación activa, expresando sus puntos de vista y comprendiendo la importancia de eliminar de nuestras vidas los estereotipos de género con los que hemos ido creciendo. La actividad finalizó con la lectura del poema, "HAY UN PAÍS EN EL MUNDO", del escritor dominicano, don Pedro Julio Mir Valentín.





