Novena Cátedra Virtual 2014.
Con el tema: “Derecho Procesal y sus Costos desde la Perspectiva de Género”, fue realizada la Novena Cátedra Virtual, organizada por la Fundación Justicia y Género de Costa Rica, que es transmitida en la República Dominicana a través de una teleconferencia coordinada por la Comisión para la Igualdad de Género del Poder Judicial, y la División de Género de la Dirección de Familia, Niñez, Adolescencia y Género (DIFNAG), en el salón Multiusos, ubicado en la tercera planta del edificio que aloja a la Suprema Corte de Justicia.
Dicha transmisión se efectuó el día martes 11 de noviembre del año 2014, tuvo como moderadora a la Msc. Patricia Molina Espinosa, especialista en Estudios de Género de la Universidad Estatal a Distancia de Costa Rica (UNE), y como disertantes al Magistrado Noe Ventura Loyo, Juez Presidente de la Sala de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer de la República de Guatemala, y a la Magistrada Blanca Isabel Alarcón Yampasi, Jueza del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia.
A modo de introducción el Magistrado Noe Ventura Loyo, Juez Presidente de la Sala de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, describió como Guatemala por el número de elevado de casos de violencia, tuvo la obligación de implementar una justicia especializada, asequible acorde con la Ley contra Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, emitida mediante Decreto Núm. 22-2008, de fecha 09/04/2008, cuyo objetivo es garantizar la vida, la libertad, la integridad, la dignidad, la protección y la igualdad de todas las mujeres ante la ley, y de la ley, particularmente cuando por condición de género, en las relaciones de poder o confianza, en el ámbito público o privado quien agrede, cometa en contra de ellas prácticas discriminatorias, de violencia física, psicológica, económica o de menosprecio a sus derechos, promover e implementar disposiciones orientadas a la erradicación de todo tipo de violencia, según lo estipulado en la Constitución Política de la República e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de las mujeres ratificado por Guatemala.
Por ejemplo: Mediante el Acuerdo Número 1-2010, de fecha 24/02/2010, se crean los Juzgados de Primera Instancia Penal y Tribunales de Sentencia de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer en Guatemala, Chiquimula y Quetzaltenango, los cuales tienen competencia territorial en su respectivos departamentos y sus atribuciones son las que señalan el Código Procesal Penal y la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, contando con su personal exclusivo.
Tribunales estos que han seguido creciendo y transformándose, muestra de ello ha sido en la ciudad de Guatemala que en el año 2012 a través del Acuerdo número 12-2012, se transformó a Juzgado Pluripersonal de Primera Instancia Penal y Tribunal Pluripersonal de Sentencia Penal en Delitos de Femicidio y otras formas de violencia contra la Mujer del departamento de Guatemala, además fueron creados Juzgados de Primera Instancia Penal y Tribunal de Sentencia Penal, ambos en delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer del departamento de Alta Verapaz (con competencia para el municipio de Playa Grande, Ixcan, Quiché), y del departamento de Huehuetenango, creando en ese mismo año el Juzgado de Turno de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia Contra la Mujer y Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas en el municipio de Guatemala, mediante Acuerdo Núm. 43-2012.
Luego en el año 2013 por medio del Acuerdo número 63-2013 se reestructura el Tribunal Pluripersonal de Sentencia Penal integrando el grupo C., en ese mismo año mediante Acuerdo número 44-2013 se crean los Juzgados de Primera Instancia Penal y Tribunal de Sentencia Penal, ambos en delitos de Femicidio y otras formas de violencia contra la mujer, de los departamentos de Escuintla e Izabal.
“El problema de violencia siempre ha existido en Guatemala cuya cultura patriarcal invisibiliza a las mujeres, la lucha es erradicar esos parámetros, para ello se han estado realizando campañas por los medios de comunicación, invirtiendo en la formación de los actores en justicia, desarrollando políticas públicas en coordinación con la Secretaría de la Mujer, capacitaciones constantes, logrando así un incremento en los casos, lo que demuestra que ya las mujeres se están atreviendo a denunciar porque sienten confianza en el Sistema Judicial, la ley se encuentra para hacer valer la justicia”, señaló el Magistrado Ventura Loyo.
En su oportunidad la Magistrada Blanca Isabel Alarcón Yampasi, Jueza del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, expuso sobre la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una vida libre de violencia, fundamentada en el mandato Constitucional y en los Instrumentos, Tratados y Convenios Internacionales de Derechos Humanos ratificados por Bolivia, que garantizan a todas las personas, en particular a las mujeres, el derecho a no sufrir violencia física, sexual y/o psicológica tanto en la familia como en la sociedad.
Esta Ley 348, de fecha 9/03/2013, tiene por objeto establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción a los agresores, con el fin de garantizar a las mujeres una vida digna y el ejercicio pleno de sus derechos para Vivir Bien.
Define la erradicación de la violencia como un tema de prioridad nacional y como un problema de salud pública, desde un enfoque de prevención, protección de las mujeres en situación de violencia y la sanción de los agresores, reconoce 16 formas de violencia, pasando su tratamiento al ámbito penal, a través de la simplificación de algunos aspectos del procedimiento penal y se establecen nuevos tipos penales como son: El feminicidio, acoso sexual, violencia familiar o doméstica, esterilización forzada, incumplimiento de deberes, padecimientos sexuales, actos sexuales abusivos.
En la misma se incorpora como delitos contra la mujer la violencia económica, violencia patrimonial y sustracción de utilidades de actividades económicas familiares, señala que los delitos de violencia contra las mujeres se convierten en delitos de acción pública, lo que significa que la investigación de estos hechos, se efectuará de oficio por el Ministerio Público en coordinación con la Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia – FELC-V.
Además plantea un conjunto de medidas de prevención en diferentes niveles y ámbitos, que pretenden contribuir a modificar los comportamientos violentos, tanto individuales como colectivos y estructurales, que toleran, naturalizan y reproducen la violencia, priorizando medidas de prevención en los ámbitos familiar, comunitario, educativo, de salud, laboral y comunicacional, estableciendo tareas de cumplimiento obligatorio; y contempla la adopción de medidas inmediatas de protección para salvaguardar la vida, integridad física, psicológica, sexual, derechos patrimoniales, económicos y laborales de las mujeres en situación de violencia y los de sus dependientes de parte de las autoridades competentes y garantizar su protección en tanto dura la investigación, indicando que los servidores/as públicos que tengan contacto directo con la mujer en situación de violencia debe aplicar el principio fundamental de trato digno, evitando su revictimización.
“Considero que la promulgación de esta ley y su reglamento hemos dado un paso importante, entiendo que debe implementarse en las diferentes instancias como son la policía, ministerio público y órgano judicial, aunque aun se necesita las unidades especializadas con visión de género para el conocimiento de estos delitos en contra de la mujer, tenemos en Bolivia un alto índice, especialmente por los informes que se han dado, de que estamos ocupando el primer lugar en cuanto agresiones físicas y feminicidios, tanto es así que se reciben 3 denuncias por día o en 48 horas, pero esperamos que con la creación de estas unidades logremos que bajen el número, demos respuesta a la sociedad con la aplicación de nuestra normativa interna”, concluyó la Magistrada Alarcón.





